Actas Municipales

ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 29 DE JUNIO DE 2.009.

ASISTENTES

ALCALDE:

Don JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO.

CONCEJALES :

Presentes

Sr. D. LUIS SÁNCHEZ DE LA VEGA.

Sr. D. JOSÉ LUIS VELEZ GALIANTE.

Sr. D. JOSÉ LUIS GARCÍA GONZÁLEZ.

Sr. D. JESÚS ANGEL CAVIEDES CUEVAS.

Sr. D. DIONISIO ALVAREZ BUSTAMANTE.

Sr. D. FRANCISCO SÁNCHEZ MIRAGAYA.

AUSENTE:

Sr. D. SANTIAGO DOBARGANES VEGA.

Sr. D. FRANCISCO J. CUEVAS DOBARGANES.

SECRETARIO:

D. JOSÉ LUIS IÑIGO CANDANEDO.

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial del Municipio de Cillorigo de Liébana, siendo las Diez horas del día veintinueve de junio de Dos Mil Nueve se reúnen los señores que al margen se expresan al objeto de celebrar la sesión plenaria EXTRAORDINARIA, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente y la asistencia del Sr. Secretario.

Abierta la sesión y declarada pública por la presidencia a las diez horas y una vez comprobado la existencia del quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede al estudio de los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día.

1º.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

Por el Sr. Alcalde-Presidente se pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al Acta de la sesión anterior de fecha 28 de mayo de Dos Mil nueve, repartida con la convocatoria. No se produce ninguna observación y el acta es aprobada por unanimidad.

2º.-EXPOSICION PÚBLICA DE PRESUPUESTOS INICIALES Y ORIENTACIONES BÁSICAS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CILLORIGO DE LIEBANA, INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL PREVIO (ISA PREVIO) E INFORME DE OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS.

Se procede a la lectura de la propuesta de Alcaldía con el siguiente contenido:

Considerando el expediente tramitado como consecuencia de la elaboración del PGOU

de Cillorigo de Liébana, Considerando que con fecha 21/12/2006 se publica en el BOC la Ley de Cantabria 17/2006 de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado, que en su artículo 26 establece:

Los avances del planeamiento urbanístico general serán sometidos al procedimiento de

evaluación previsto en el artículo anterior con las particularidades siguientes:

a) El informe de sostenibilidad ambiental se elaborará con anterioridad a la aprobación inicial del plan sobre la base de los presupuestos y orientaciones conocidos de éste.

Dicho informe se someterá a la consideración de la autoridad ambiental de la Administración autonómica a efectos de que en el plazo de dos meses formule cuantas observaciones y sugerencias considere pertinentes desde la perspectiva de sus competencias. El citado informe, junto con las observaciones y sugerencias formuladas, se incorporará a la documentación del plan que se someta a la exposición pública previa

contemplada en la legislación urbanística de Cantabria.

b) Con los resultados que arrojen los trámites previstos en el apartado anterior se elaborará el informe de sostenibilidad ambiental definitivo haciendo constar las

observaciones y sugerencias aceptadas y los motivos por los que se rechazan las que no lo sean. Dicho informe definitivo se incorporará al plan antes de su aprobación inicial. c) El trámite de consultas se desarrollará conjuntamente con el de información pública previsto en la legislación urbanística.

d) Concluido el trámite de consultas e información pública, el órgano ambiental elaborará la memoria ambiental del plan evaluado y la enviará al órgano competente para su aprobación provisional que, antes de proceder a la misma, tendrá en cuenta el informe de sostenibilidad ambiental, las alegaciones formuladas en las consultas y la memoria ambiental.

Por su parte la disposición transitoria 3ª de la Ley establece:

Los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico que se hallen en tramitación a la entrada en vigor de la presente Ley y ya se hubieren aprobado inicialmente deberán contar con la correspondiente evaluación de impacto ambiental. Si no se hubiera presentado el informe de impacto ambiental que se encontraba regulado en la legislación anterior, se elaborará un estudio de sostenibilidad que se someterá a la consideración de la autoridad ambiental para que exprese su parecer antes de la aprobación provisional del plan por el órgano competente.

Considerando que con la finalidad de aclarar la repercusión de la entrada en vigor de la nueva ley y su aplicación al P.G.O.U aprobado inicialmente con fecha 8 de enero de 2003, se procede a una reunión entre responsables municipales, el equipo redactor del PGOU y el Director General de Urbanismo, D. Pedro Gómez Portilla, así como técnicos y jurídicos de la citada Dirección General con fecha 24/01/2008, poniéndose de manifiesto en la citada reunión la necesidad de proceder a sacar de nuevo el avance de planeamiento, es decir comenzar de nuevo el procedimiento de aprobación como consecuencia de la entrada en vigor de la citada Ley y la necesidad de aprobar de nuevo inicialmente el PGOU, como ya se había puesto de manifiesto en el antecedente 4º de este informe:

En concreto en escrito remitido al Ayuntamiento con fecha 5/02/2008 se establece por la Dirección General de Urbanismo lo siguiente:

TEMAS TRATADOS

Empezar de nuevo con la tramitación del planeamiento general, sacar a información pública el Avance. La documentación puede ser sencilla, vale con el plano de clasificación de suelo remitido (Plano de estructura general y orgánica del territorio).

. Señalar espacios libres y equipamientos públicos, existentes y previstos, justificando el cumplimiento del estándar del art. 39 de la L.S. Evitar la calificación de terrenos con pendientes excesivas para este fin.

. Mejorar el detalle y definición de los planos de escala 1/2000, especialmente en la delimitación de clasificación de suelo urbano y rústico de protección ordinaria de los núcleos rurales.

. Revisar la delimitación de los suelos clasificados como urbanizable delimitado en Tama en relación con las pendientes, justificar la necesidad real de los mismos. Así como el sector previsto, sin ficha urbanística, en Trillayo.

. En el polígono industrial resolver el acceso propuesto que no parece el más adecuado, así como resolver los accesos desde la carretera estatal de las áreas de nuevo crecimiento con respecto a la delimitación urbana vigente.

. En suelo urbano consolidado señalar las alineaciones, rasantes, aparcamientos públicos y dotaciones locales. Las edificaciones aisladas en suelo rústico no reúnen las condiciones de urbano.

. Trazado y características de las redes de comunicación y servicios, ordenación detallada existente que justifique la clasificación o calificación de algunos suelos urbanos consolidados y no consolidados previstos en Tama-Ojedo, y en menor medida de alguna parcela de los núcleos rurales en relación con los servicios urbanísticos y trama urbana existente.

. Agrupar sectores de suelo urbano no consolidado, con objeto de obtener dotaciones que tengan

entidad y se de cumplimiento a los estándares del art. 40 de la LS. Delimitación que permita un crecimiento racional.

Para facilitar su gestión resultaría conveniente que algunos sectores se dividiesen en unidades de actuación, fijando su ordenación detallada, con una programación en la obtención de los sistemas locales y ejecución de las infraestructuras de conexión con los sistemas generales, garantizando la autonomía de la actuación y la inserción en la trama urbana existente de forma adecuada

. Se hablo sobre la necesidad de delimitar sectores que sean de urbanización prioritaria y de las necesidades de VPP.

. Catalogo de elementos arquitectónicos y naturales.

OTRAS RECOMENDACIONES

. Plano de afecciones con la legislación sectorial: Parque Nacional de los Picos de Europa, Áreas Zepas, Montes de Utilidad Pública, Lugares de Interés Comunitario, Carreteras autonómicas, estatales, Confederación Hidrógrafica del Norte, Electra de viesgo, Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua.

. Plano de municipio reflejando el planeamiento urbanístico en los municipios colindantes.

. Relación de usos, edificios que se consideren fuera de ordenación.

. Estado actual del suelo urbano, su perímetro, obras de urbanización y edificación. Estudio de morfología de los núcleos, representando alturas, usos, tipologías, equipamientos, espacios libres..

. Suelo urbano consolidado con ordenación detallada de forma que la documentación gráfica ha de permitir redactar proyectos sin necesidad de mayores precisiones. Completar la trama urbana de forma que las nuevas licencias no requieran accesos nuevos.

. En el SUD y SUNC esquema de los sistemas locales y redes de comunicación y servicios. Fijar objetivos en las fichas de los sectores que se delimiten, identificando claramente sus límites.

Propuesta de zonificación de equipamientos y espacios libres.

. Estudiar las rasantes y actuaciones en pendiente en el suelo urbanizable y urbano no consolidado.

. Coherencia de las ordenanzas con la ordenación existente.

. Medidas contra el ruido, riesgos

. Insistir en la necesidad de ir solicitando los informes sectoriales. Para ello se adjunta un cuadro resumen indicativo, al objeto de ir dirigiéndose a los organismos sectoriales con un escrito explicando las afecciones y con un anexo de la documentación del Plan.

Visto el artículo 67.1 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria y el artículo 26 de

la Ley 17/2006, de 11 de diciembre de Control Ambiental Integrado de Cantabria

Visto el Informe de Secretaría de 12 de junio de 2009 y demás documentación obrante en el Expediente.

Visto informe jurídico elaborado por el letrado Don Gonzalo Fernández Sopeña

García.

Dictaminada la propuesta favorablemente por la Comisión de Planeamiento y Deslindes de fecha 18/06/2009 Se propone a la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.- Someter a exposición pública por plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de un anuncio en este sentido, en el Boletín Oficial de Cantabria, los Presupuestos iniciales y orientaciones básicas (Avance) del Plan General de Ordenación Urbana de Cillorigo de Liébana y el Informe de Sostenibilidad Ambiental previo (ISA Previo), ambos redactados por ACCISA, junto al Informe de las

observaciones y sugerencias, formuladas por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística de 22 de diciembre de 2008 al ISA previo.

Segundo.- Remitir a tal efecto anuncio al BOC, al Tablón de Edictos y a un periódico de difusión regional. Durante el referido plazo, cualquier persona, física o jurídica que se considere interesada de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 30/1992 podrá examinar el expediente y en su caso presentar las alegaciones o observaciones que estime convenientes de conformidad con el artículo 68.2 de la Ley de Cantabria 2/2001 y en el artículo 10.1 de la Ley 9/2006 de 28 de abril sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

No existiendo debate se procede a la votación siendo aprobado por unanimidad de los concejales presentes.

3º.- PLAN DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL Y PLAN COMPLEMENTARIO PARA EL AÑO 2010.

Se incorpora Don Dionisio Álvarez Bustamante .

Se procede por parte del Alcalde a la lectura del escrito remitido por la Consejería de Empleo y Bienestar Social del Gobierno de Cantabria en relación a las necesidades y preferencias municipales, teniendo en cuenta que el importe de las obras a solicitar debe superar los 30.000 euros.

Se procede a la lectura de la propuesta consensuada entre todos los grupos municipales:

PLAN DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL 2010 Y PLAN COMPLEMENTARIO

1. ABASTECIMIENTO DE TAMA Y OJEDO.

Tras analizar las distintas obras a incluir dentro de los distintos planes y programas en función de las necesidades municipales, teniendo en cuenta que los

importes establecidos son meramente indicativos pues deberán redactarse los correspondientes proyectos se procede a la votación de la propuesta, siendo aprobada por unanimidad con el siguiente contenido:

PRIMERO: Incluir en el Plan de Cooperación a la Obras y Servicios de Competencia Municipal para el año 2010, así como su plan complementario, las siguientes Obras con el siguiente Orden de prelación:

2. ABASTECIMIENTO DE TAMA Y OJEDO.

SEGUNDO: Remitir dicho acuerdo a la CONSEJERIA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL DEL GOBIERNO DE CANTABRIA, antes del 30 de junio de 2009, fecha de terminación del plazo.

Todos los concejales muestran su conformidad debido a las numerosísimas fugas que se están produciendo en esta red debido a la defectuosa obra que se realizó hace 20 años, no siendo por cierto una obra realizada por el Ayuntamiento

No existiendo debate se procede a la votación de la propuesta siendo aprobada por unanimidad de los concejales presentes.

Y llegados a este punto del Orden del Día, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión por el Sr. Alcalde-Presidente a las diez horas y cuarenta minutos del día veintinueve de junio de Dos Mil nueve. De todo lo cual se levanta ACTA, por mí, el Secretario, que certifico.

Vº Bº EL ALCALDE. EL SECRETARIO

Resolución recomendada:1024 x 768
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