Actas Municipales

 

ACTA DE LA SESIÓN CONSTITUTIVA

En Tama, siendo las 12 horas del día 11 de junio de 2011, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, al efecto de proceder a la Constitución del nuevo Ayuntamiento de conformidad con los resultados electorales del día 22 de mayo de 2011, los siguientes proclamados concejales electos por la Junta Electoral de Zona de San Vicente de la Barquera, y cuyos nombres se relacionan a continuación:

Sr. D. JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO. PROCLAMADO ELECTO PP

Sr. D. SANTIAGO DOBARGANES VEGA. PROCLAMADO ELECTO PP

Sr. D. FRANCISCO J. CUEVAS DOBARGANES. PROCLAMADO ELECTO PP

Sr. D. LUIS SÁNCHEZ DE LA VEGA. PROCLAMADO ELECTO PP

Sr. D. MARCOS CUESTA VEGA. PROCLAMADO ELECTO PP

Sr. D. JESÚS ÁNGEL PRADO GONZÁLEZ PROCLAMADO ELECTO PP

Sr. D. JESÚS ÁNGEL CAVIEDES CUEVAS. PROCLAMADO ELECTO PRC

Sr. D. FRANCISCO SANCHEZ MIRAGAYA. PROCLAMADO ELECTO PRC

EXCUSA SU ASISTENCIA:

Sr. D. ALFONSO DÍAZ COTERA. PROCLAMADO ELECTO PRC

El objeto de la sesión, por tanto, es proceder a la constitución del nuevo Ayuntamiento y elección del Alcalde conforme a lo dispuesto por el artículo 195 de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de Junio, del Régimen Electoral General.

1º.- CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE EDAD

Actúa como Secretario el de la Corporación , D. José Luis Iñigo Candanedo. A tal fin, debe constituirse una Mesa de Edad integrada por los elegidos de mayor y menor edad, presentes en el acto.

Se constituye la MESA de edad con D. JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO, electo de mayor edad y Presidente de la misma, y D. MARCOS CUESTA VEGA electo de menor edad.

2º .- COMPROBACIóN DE LAS CREDENCIALES PRESENTADAS. ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD DE LOS ELECTOS.

Constituida la Mesa de Edad y habiéndose tomado las medidas precisas según dispone el artículo 36.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se da cuenta de que por la Secretaría se han puesto a disposición de los Sres. Concejales Electos la documentación referente a los justificantes de las existencias en metálico y valores propios de la Corporación depositados en la Caja Municipal y Entidades Bancarias, e igualmente la documentación relativa al inventario de Bienes de la Corporación.

Seguidamente el Secretario de la Mesa , procede a dar lectura de todas las credenciales, que le han sido entregadas acreditativas de la personalidad de los Concejales electos, procediendo a la comprobación de las mismas, y acreditando cada Concejal electo su personalidad.

A continuación, se comprueba que todos los Concejales electos han formulado las declaraciones referidas en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, invitando el Presidente de la Mesa de Edad a los Concejales electos a que expongan si les afecta alguna causa de incompatibilidad sobrevenida con posterioridad a su declaración, sin que por parte de ellos haya manifestación alguna.

3º .- JURAMENTO O PROMESA DE LOS CONCEJALES Y CONSTITUCIÓN DE LA NUEVA CORPORACIÓN

Se procede al cumplimiento del requisito legal previsto en el artículo 108.8 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General de prestar juramento o promesa.

Se procede por parte de los concejales electos a prestar el Juramento o Promesa del cargo. Por lo que el Secretario da lectura a la fórmula establecida mediante el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y que es la siguiente:

"¿Juraís o prometéis por vuestra conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo de concejal con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado?".

Por parte de los concejales electos presentes se procede a contestar a la pregunta anterior: Adoptan la forma de "SÍ, lo juro" los siguientes concejales:

Sr. D. JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO.

Sr. D. SANTIAGO DOBARGANES VEGA.

Sr. D. FRANCISCO J. CUEVAS DOBARGANES.

Sr. D. LUIS SÁNCHEZ DE LA VEGA.

Sr. D. MARCOS CUESTA VEGA.

Sr. D. JESÚS ÁNGEL PRADO GONZÁLEZ

Adoptan la forma de "SÍ, lo prometo" los siguientes concejales:

Sr. D. JESÚS ÁNGEL CAVIEDES CUEVAS.

Sr. D. FRANCISCO SANCHEZ MIRAGAYA.

Comprobado que han comparecido ocho de los nueve miembros que de derecho componen la Corporación y habiendo sido jurado y prometido el cargo personalmente en cumplimiento de lo establecido en el artículo 195.4 de la citada Ley de Régimen Electoral General, la mesa DECLARA LEGALMENTE CONSTITUIDA LA NUEVA CORPORACIÓN.

4º.- ELECCIÓN DEL ALCALDE Y JURAMENTO 0 PROMESA DEL MISMO.

Acto seguido el Presidente anuncia que se va a proceder a la elección de Alcalde, manifestando que podrán ser candidatos todos los concejales que encabezan sus correspondientes listas y que son:

Sr. D. JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO, por el P.P.

Sr. D. JESÚS ÁNGEL CAVIEDES CUEVAS, por P.R.C.

Tras ello el Presidente de la mesa de edad, pregunta los Concejales que encabezan las listas, si mantienen su candidatura a Alcalde o la retiran, manifestándose en el siguiente sentido:

Sr. D. JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO, por el P.P., presenta candidatura a la Alcaldía.

Sr. D. ¿¿¿JOSÉ LUIS GARCíA GONZÁLEZ???, por P.R.C. renuncia a la posibilidad de presentar candidatura.

Seguidamente se procede a proclamar candidatos a la Alcaldía del Ayuntamiento.

Sr. D. JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO.

Por el Sr Secretario de conformidad con el art 196.b (LOREG) se informe que para ser nombrado Alcalde se requiere mayoría absoluta del Nº legal de miembros de la Corporación.

Si ninguno de los concejales cabeza de lista obtiene la mayoría absoluta es proclamado Alcalde el concejal que encabece la lista más votada en el municipio.

En cuanto a la clase de votación y aunque existe cierta conciencia colectiva de que la elección del Alcalde es secreta, no existe ninguna norma que expresamente lo señale por lo que se acude a la normativa general aplicable al régimen de sesiones plenarias del Ayuntamiento.

El art. 102 del ROF distingue entre votación ordinaria, nominal y secreta, añadiendo que ésta sólo puede utilizarse para la elección y destitución de personas, con carácter facultativo, es decir, será secreta si la corporación habilita para que así sea pero no tiene que serio en todo caso.

En consecuencia salvo que se acuerde por el Pleno que sea secreta la votación para elegir al Alcalde puede ser ordinaria.

Se decide que la votación sea ordinaria a mano alzada.

Se procede a la votación y se procede al recuento de los votos, con el siguiente resultado:

VOTOS VALIDOS: OCHO.

VOTOS NULOS: NINGUNO

Sr. D. JESÚS MARIA CUEVAS MONASTERIO, por el P.P: 6 VOTOS

ABSTENCIONES: 2 VOTOS

Dado que el número de concejales de esta Corporación es de NUEVE, y que es necesaria la mayoría absoluta de los votos de los concejales, son necesarios CINCO votos para proclamar al Alcalde. Habiendo obtenido D. JESÚS M. CUEVAS MONASTERIO CINCO VOTOS, de conformidad con lo establecido en el art 196 letra b de la Ley orgánica 5/1985 de 19 de junio de Régimen Electoral General, queda proclamado Alcalde D. JESÚS MARÍA CUEVAS MONASTERIO

Posteriormente por el vocal de la Mesa de edad se invoca al Sr Alcalde proclamando la fórmula:

"¿Jura o promete por su conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Alcalde con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado?".

Por el Sr D. JESÚS MARIA CUEVAS MONASTERIO se contesta: "Sí, lo juro".

Por último por el Sr. Alcalde se procede a dar un turno a los distintos cabezas de lista, comenzando D. Jesús Angel Caviedes Cuevas y D. Francisco Sánchez Miragaya, concejales del PRC que felicitan al Sr Alcalde y señalan que están disponibles para ayudar al Ayuntamiento en la medida de sus posibilidades para mejorar el municipio.

Por el Sr Alcalde se señala lo siguiente:

"Vamos a empezar por los agradecimientos:

1º .- A todos los vecinos que han confiado en nosotros y que de una manera masiva han depositado su confianza en nuestra candidatura. Con todos ellos tenemos un compromiso en esta legislatura al que no podemos fallar.

2º .- Agradecimiento a nuestros concejales, Santi, Javi, Pepe y Luis que en estos años han trabajado buscando lo mejor para el ayuntamiento, siempre unidos y de buen humor.

3º .- Agradecimiento a Nisio, José Luis, Paco y Jesús, que han hecho una oposición constructiva, respetando las reglas del sistema democrático y no creando problemas innecesarios en el ayuntamiento.

4º .- Agradecimiento a todo el personal del ayuntamiento que realizan su trabajo diario con gran eficacia y compañerismo.

5º .- Agradecimiento a la página web Valle de Bedoya que con sus insidias, falsedades y mentiras intencionadas ha conseguido que más vecinos apoyen nuestra candidatura.

Se nos presenta una legislatura después de 4 años de gobierno de coalición PRC-PSOE, donde ningún consejero o director general, y mucho menos el presidente regional Miguel Angel Revilla, ha realizado ninguna visita institucional a nuestro municipio, (salvo para alguna fiesta), para interesarse por los proyectos, planes y problemas de nuestro municipio, contamos con un gobierno receptivo, donde será normal ver a nuestros políticos por nuestras calles interesándose por los problemas del municipio, donde el solicitar una entrevista con un consejero no sea una odisea y donde las peticiones y necesidades del municipio sean atendidas en tiempo y forma. En fin 4 años ilusionantes para el municipio."

Constituido nuevo Ayuntamiento y elegido Alcalde, se levanta la sesión, siendo las doce horas veinte minutos del día indicado al principio, extendiéndose la presente, que firma conmigo, Secretario, que doy fe.

Vº Bº EL ALCALDE - EL SECRETARIO.

(Hay dos firmas ilegibles)

Resolución recomendada:1024 x 768
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